Actos preparatorios punibles

Supuestos expresamente previstos para tipificar conductas anteriores a la realización de un tipo (del que dependen) y que consisten en disponer lo preciso para realizar el tipo. Sólo admiten tres formas: conspiración, proposición y provocación (que incluye la apología de delito). Su sanción depende de que hayan sido previstos para el delito al que vienen a preparar; en otro caso, resultan impunes.

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