Glosario jurídico penal


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P

Punibilidad

Último estadio de la teoría del delito en el que se constata la necesidad en concreto de aplicar una pena al agente.

R

Regla

Enunciado derivado de dos o más principios, con pretensiones de aplicación a un grupo de casos. Frente a la regla es posible oponer excepciones.

Reincidencia

Circunstancia agravante. Hay reincidencia cuando, al delinquir, el culpable haya sido condenado ejecutoriamente por un delito comprendido en el mismo título de este Código, siempre que sea de la misma naturaleza.

Reparación civil

Prestaciones por parte del condenado a favor y en beneficio de la víctima, en el marco de programas de mediación y no arbitrariamente, en la medida en que puedan considerarse como una alternativa a la pena. Se habla incluso de una tercera vía, añadida a las dos que representan ya las penas y las medidas de seguridad.

Reparación del daño

Contenido integrante de la responsabilidad civil derivada del delito, consistente en la fijación de obligaciones a una persona para restaurar la situación dañada por el delito.

Restitución

Contenido integrante de la responsabilidad civil derivada del delito, consistente en la devolución del bien objeto del delito, con abono de los deterioros y menoscabos sufridos.

Retribucionismo

Tesis absoluta sobre la justificación del Derecho penal que sitúa ésta en el castigo del delincuente por el delito cometido.

S

Subprincipio

Conjunto de reglas que responden a la misma ponderación o preponderancia entre principios.

Subsidiariedad, criterio rector de la

Se afirma que hay subsidiariedad cuando el campo conceptual de una norma o precepto entra en intersección con el de otra. Se aplica entonces una norma que es prioritaria frente a otra, que resulta desplazada. Se recurre entonces al aforismo "lex primaria derogat legi subsidiariae", que significa que una norma de las dos que se hallan en coincidencia o intersección parcial, se aplica con carácter preferente; la otra, se ve desplazada. Es decir, la norma desplazada entra en juego sólo en defecto de la prioritaria.

Subsidiariedad, del Derecho penal

Regla que supone el recurso al Derecho penal sólo en defecto de los medios que proporcionan otros sectores, penales o no, jurídicos o no. Se habla, así, de la pena como última ratio.


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