2. Accesibilidad en las instituciones educativas

Uno de los principales retos con los que, actualmente, se enfrenta la educación es garantizar una educación de calidad en igualdad a todo el alumnado con independencia de sus capacidades, reconociendo su derecho a la participación en los procesos de aprendizaje.

Enlace web: Accesibilidad en las instituciones de Educación Superior

La legislación reconoce este derecho, así como el de inclusión social, e indica que la persona con discapacidad ha de participar de forma autónoma, independiente y plena en todos los ámbitos en igualdad de condiciones que las personas que no tiene discapacidad. En este sentido, aludimos al tanto al Gobierno como a los poderes públicos para que adopten las medidas que se estimen oportunas y necesarias para garantizar la accesibilidad universal y la igual de oportunidades en los diferentes espacios, entornos, servicios, transportes, etc.

Enlace web: Junta de Andalucía (s.f.). Accesibilidad Universal

Sin embargo, no debemos pensar que el término discapacidad sólo alude y se asocia con las personas con discapacidad, sino que es común y extensible a toda la ciudadanía donde la supresión de barreras arquitectónicas en diferentes entornos, productos y servicios beneficia a todo el colectivo y es una condición esencial para que se puedan cumplir los principios de accesibilidad e igualdad de oportunidad.

Así, podemos definir el concepto de accesibilidad, haciendo alusión a la Real Academia Española, como “de fácil acceso o trato o de fácil comprensión". Por lo que, la accesibilidad no es otra cosa que el conjunto de propiedades y características que debe contener un producto, servicio o sistema para que el mayor número de persona, con independencia de sus necesidades y características, pueden acceder a él y usarlo.

Desde un prisma educativo, para que los procesos de enseñanza-aprendizaje se realicen con garantías y aseguren la igualdad, equidad y accesibilidad, las instituciones educativas deberían contar con programas de apoyo, orientación y asesoramiento favoreciendo el proceso de inclusión del alumnado. Por ello, el reconocimiento legal hacia los principios de integración e igualdad de oportunidades está permitiendo, entre otras cosas, la supresión de barreras arquitectónicas y tecnológicas, formación docente especializada en materia de atención a la discapacidad, servicios de apoyo y orientación a la comunidad educativa en general (alumnos, docentes, familia) así como la coordinación con la administración educativa competente y otras entidades en pro de mejoras hacia el alumnado.

Podemos afirmar que, las instituciones educativas, han realizado importantes esfuerzos para conseguir los principios de igualdad, inclusión y no discriminación, aunque también es cierto que la consolidación de estos principios es un proceso lento y lejano.

Imagen 2. Accesibilidad

Enlace web: ONCE (s.f.). La accesibilidad, un factor clave para la inclusión social